domingo, 26 de abril de 2026

Ley de creacion del Juzgado de Paz de Rumi Punco

 Ley 2944 publicada del 04/10/1960

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucumán  sacionan con fuerza de LEY: 

Artículo 1°.- Créase un juzgado de paz de tercera categoría en la localidad de Rumi Punco, segundo distrito del departamento de Graneros.teniendo como limites el Rio Huacra y el Arroyo Manitala, con la dotacion que le asigne el presupuesto de la Provincia para los de igual categoria.

Art·. 2°.-  El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se hara de rentas generales con imputacion a la misma, hasta su inclusion en el presupuesto

Art. 3°.- Comuníquese. 

Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de la Provincia de Tucumán, a veintisiete días del mes de septiembre de mil novecientos sesenta

Tengase por Ley de la provincia, cumplase, comuniquese, publiquese en el Boletin Oficial y archivese en el Registro Oficial de Leyes y Decretos

Celestino Gelsi Gobernador de la Provincia de Tucuman

Roque V. Pondal Ministro de Gobierno, Justicia y Eduacion Publica

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

ENTREVISTA AL DR RAUL SCROCCHI