domingo, 26 de abril de 2026

Ley de Creacion del Juzgado de Paz de Esquina

 Ley 3413 publicada el 21/04/1966

El senado y cámara de Diputados de la Provincia de Tucuman sancionan con fuerza de LEY. 

Articulo 1°. - Crease un juzgado de paz de tercera categoria en Esquina, primer distrito del departamento Leales  con jurisdiccion sobre dicha localidad y Mancopa.

Art. 2°.- A los fines del articulo anterior, créanse, con la asignación determinada en el Presupuesto General de Gastos de la Provincia, los siguiente cargos: 

un Juez de paz de 3a. categoría encargado del Registro Civil; y

un Auxiliar 2°. 

Art. 3°.- Destinase hasta cincuenta mil pesos para los gastos de instalacion del juzgado de Paz que se crea por el articulo 1°.

Art. 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se atenderá con fondos de rentas generales. con imputacion a la misma. 

Art. 5°.- Comuniquese. 

Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de Tucuman a trece dias del mes de abril de mil novecientos sesenta y seis.

Tengase por Ley de la provincia, cumplase, comuniquese, publiquese en el Boletin Oficial y archivese en el Registro Oficial de Leyes y Decretos

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