Ley 4278 publicada el 09/05/1975
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucuman sancionan con fuerza de LEY.
Articulo 1°. - Crease un juzgado de paz en la localidad de El Mollar, primer distrito del departamento Tafi con jurisdiccion en las localidades de El Rincon, El Potrerillo, Las Carreras, Casas Viejas y Ojo de Agua.
Art. 2°.- Crease en el Anexo 2 Poder Judicial Sector Economico 16 Item Justicia de Paz Lega Programa 070 el cargo de Juez de Paz de Campaña.
Art. 3°.- Autorizace al Poder Ejecutivo a ampliar la partida principal 01 - personal y sus respectivas partidas parciales y subparciales de la Ley 4109 de presupuesto general en las sumas que resulten necesarias
Art. 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se atenderá con fondos de rentas generales. con imputacion a la misma.
Art. 5°.- Comuniquese.
Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de Tucuman a venticinco dias del mes de abril de mil novecientos setenta y cinco.
Tengase por Ley de la provincia, cumplase, comuniquese, publiquese en el Boletin Oficial y archivese en el Registro Oficial de Leyes y Decretos
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